Domingo de Resurrección, la esperanza de todos nosotros y de las almas del purgatorio

Después de la vigilia pascual, antes o después de la Misa del día de la Pascual, la Iglesia propone para su lectura como Laudes durante la Liturgia de las Horas del día de hoy este texto:

«Dios resucitó a Jesús al tercer día e hizo que se apareciese no a todo el pueblo, sino a nosotros, que somos los testigos elegidos de antemano por Dios. Nosotros hemos comido y bebido con Él, después que Dios lo resucitó de entre los muertos. Y Él nos mandó predicar al pueblo y atestiguar que ha sido constituido por Dios juez de vivos y muertos. De Él hablan todos los profetas y aseguran que cuantos tengan fe en Él recibirán por su nombre el perdón de sus pecados».

Liturgia de las Horas, Laudes, HECHOS, X, 40 – 43.

Habrán atendido hoy a muchas prédicas, hoy quiero señalar estos dos textos: «ha sido constituido por Dios juez de vivos y muertos» y los profetas «aseguran que cuantos tengan fe en Él recibirán por su nombre el perdón de sus pecados».

Jesucristo es al mismo tiempo juez nuestro y abogado nuestro. Del hecho no hay duda, porque San Juan nos dice:

«Hijitos míos, esto os escribo para que no cometáis pecado. Mas si alguno hubiere pecado, abogado tenemos ante el Padre: a Jesucristo el Justo. Él mismo es la propiciación por nuestros pecados, y no solo por los nuestros, sino también por los de todo el mundo».

I JUAN, II, 1 – 2.

Así que no sólo es juez y abogado, sino que además se ha hecho culpable por nosotros, ha asumido nuestras culpas y las ha pagado.

Resulta así que en el derecho procesal penal sobrenatural aparece una figura, Jesucristo, que es Dios, que al mismo tiempo juzga, aboga, intercede y se persona como responsable, no civil sino civil y penal, de nuestros pecados.

Por supuesto, para un abogado común y corriente esto es incomprensible, porque contradice todos los principios del derecho penal y procesal conocidos o por conocer. Desde el punto de vista humano no tiene ninguna lógica.

Pero desde el punto de vista sobrenatural, el que ha sido constituido por Dios juez de vivos y muertos, se ha hecho víctima por nosotros pagando nuestras culpas, pide por nosotros ante su Padre exigiendo como abogado redención -remisión de los pecados- porque Él ha pagado por ellos constituyéndose en víctima y obteniendo una sentencia absolutoria sin dejar de ser juez, porque los jueces humanos están sesgados por su entendimiento y de ahí que deban ser imparciales, pero el juicio de Dios no está sesgado, por lo mismo que es el autor de la vida y de todo lo creado: en Dios no hay sesgo alguno, porque si lo hubiera no sería Dios. Y por tanto puede ser al mismo tiempo juez y parte. Es juez como Dios y es parte como Hijo -que es igualmente Dios- porque ha asumido plena solidaridad con nuestros pecados, sin haber asumido el pecado mismo. Tal es el grado de comunión que tenemos con los misterios de Jesús:

«519 Toda la riqueza de Cristo «es para todo hombre y constituye el bien de cada uno» (RH 11). Cristo no vivió su vida para sí mismo, sino para nosotros, desde su Encarnación «por nosotros los hombres y por nuestra salvación» hasta su muerte «por nuestros pecados» (1 Co 15, 3) y en su Resurrección «para nuestra justificación» (Rm 4,25). Todavía ahora, es «nuestro abogado cerca del Padre» (1 Jn 2, 1), «estando siempre vivo para interceder en nuestro favor» (Hb 7, 25). Con todo lo que vivió y sufrió por nosotros de una vez por todas, permanece presente para siempre «ante el acatamiento de Dios en favor nuestro» (Hb 9, 24)».

Catecismo de la Iglesia Católica, n. 519.

Nuestra solidaridad con Cristo, o mejor la de Él con nosotros, porque Él es la causa de esa solidaridad, es total, y esa nuestra divinización es la que hace que operen de consuno, en la justicia divina, pecador, víctima, abogado y juez:

«521 Todo lo que Cristo vivió hace que podamos vivirlo en Él y que Él lo viva en nosotros. «El Hijo de Dios con su encarnación se ha unido en cierto modo con todo hombre» (GS 22, 2). Estamos llamados a no ser más que una sola cosa con Él; nos hace comulgar, en cuanto miembros de su Cuerpo, en lo que Él vivió en su carne por nosotros y como modelo nuestro:

«Debemos continuar y cumplir en nosotros los estados y misterios de Jesús, y pedirle con frecuencia que los realice y lleve a plenitud en nosotros y en toda su Iglesia […] Porque el Hijo de Dios tiene el designio de hacer participar y de extender y continuar sus misterios en nosotros y en toda su Iglesia […] por las gracias que Él quiere comunicarnos y por los efectos que quiere obrar en nosotros gracias a estos misterios. Y por este medio quiere cumplirlos en nosotros».

(San Juan Eudes, Tractatus de regno Iesu
Catecismo de la Iglesia Católica, n. 521.

En otras palabras: el misterio de la Santísima Trinidad (la relación entre el Hijo y el Padre) y el misterio de la Encarnación (la Segunda Persona de la Santísima Trinidad se hace hombre) interactúan con nosotros en la medida en que cada uno de los bautizados se incorpora a Jesucristo,1 y la misma incomprensibilidad de esos misterios se incorpora a la incomprensibilidad del juicio en el que la infinita misericordia de Jesucristo produce nuestra salvación, incluso mediante un juicio que debería ser condenatorio, pero es absolutorio, más aún, glorificador, por la imputación donada de los méritos de Cristo a las personas que nos acogemos a su misericordia.

Esa asunción personal de la misericordia de Cristo que nos salvifica es lo que se pretende con la aplicación por almas del purgatorio de una indulgencia plenaria. Como hemos dicho, los profetas «aseguran que cuantos tengan fe en Él recibirán por su nombre el perdón de sus pecados». Eso vale también para las almas del purgatorio. Hay que entender que la purificación, la aplicación a cada alma de los méritos de Cristo, su absolución, el pago de la penitencia (por Cristo, no por nosotros, porque nuestras dádivas y sacrificios nada valen si Cristo, único y supremo sacerdote, no las ofrece al Padre) es, como la vida, un fenómeno progresivo, que se acompasa con el crecimiento de la caridad, que limpia el alma, en cada uno. Después de la muerte, y después del juicio particular, mientras se está en el purgatorio, la purificación personal se produce, y requiere, o bien de la progresiva asunción de los méritos de Cristo, o bien de la aplicación inmediata de éstos a las almas que están en el purgatorio por medio de la oración liberadora de Cristo al Padre, que en el caso de quienes ofrecemos una indulgencia plenaria -iglesia militante- por un alma que ya está salvada pero se está purificando en el purgatorio -iglesia purgante- se produce al aplicar la indulgencia plenaria ganada por los méritos de ese alma que está en el purgatorio, para que deje de estar allí.

Por eso es tan importante y tan grande ejercicio de caridad -puede decirse que operamos de la mano de Jesucristo- ofrecer una indulgencia plenaria por un alma del purgatorio.

Hoy, Domingo de Resurrección, en el que la misericordia de Jesucristo corre por el purgatorio a raudales, haga (de una vez) el propósito de ofrecer cada día una indulgencia plenaria por un alma del purgatorio. Le repetimos lo que siempre le hemos dicho: el principal beneficiado será usted. Ahora y por los siglos de los siglos, porque cuando usted muera, día que también va a llegar, se encontrará con miles de almas que hasta ahora no conoce pero a las que Jesucristo, por la oración de usted unida a la oración de la Iglesia que se manifiesta en la indulgencia, habrá limpiado del todo para que puedan entrar en el Cielo. Anímese. No es tan difícil. Y es extraordinariamente rentable porque hay que buscar las cosas que son de arriba, no las de aquí abajo (la negrita es nuestra):

«Resucitados con Cristo

«1002 Si es verdad que Cristo nos resucitará en «el último día», también lo es, en cierto modo, que nosotros ya hemos resucitado con Cristo. En efecto, gracias al Espíritu Santo, la vida cristiana en la tierra es, desde ahora, una participación en la muerte y en la Resurrección de Cristo:

«Sepultados con él en el Bautismo, con él también habéis resucitado por la fe en la acción de Dios, que le resucitó de entre los muertos […] Así pues, si habéis resucitado con Cristo, buscad las cosas de arriba, donde está Cristo sentado a la diestra de Dios» (Col 2, 12; 3, 1).

«1003 Unidos a Cristo por el Bautismo, los creyentes participan ya realmente en la vida celestial de Cristo resucitado (cf. Flp 3, 20), pero esta vida permanece «escondida […] con Cristo en Dios» (Col 3, 3) «Con él nos ha resucitado y hecho sentar en los cielos con Cristo Jesús» (Ef 2, 6). Alimentados en la Eucaristía con su Cuerpo, nosotros pertenecemos ya al Cuerpo de Cristo. Cuando resucitemos en el último día también nos «manifestaremos con él llenos de gloria» (Col 3, 4).

«1004 Esperando este día, el cuerpo y el alma del creyente participan ya de la dignidad de ser «en Cristo»; donde se basa la exigencia del respeto hacia el propio cuerpo, y también hacia el ajeno, particularmente cuando sufre:

«El cuerpo es […] para el Señor y el Señor para el cuerpo. Y Dios, que resucitó al Señor, nos resucitará también a nosotros mediante su poder. ¿No sabéis que vuestros cuerpos son miembros de Cristo? […] No os pertenecéis […] Glorificad, por tanto, a Dios en vuestro cuerpo» (1 Co 6, 13-15. 19-20).

Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1002 – 1009.
  1. La incorporación a Jesucristo se produce por medio del Bautismo. El fruto del Bautismo, o gracia bautismal, comprende el perdón del pecado original y de todos los pecados personales; el nacimiento a la vida nueva, por la cual el hombre es hecho hijo adoptivo del Padre, miembro de Cristo, templo del Espíritu Santo. Por la acción misma del bautismo, el bautizado es incorporado a la Iglesia, Cuerpo de Cristo, y hecho partícipe del sacerdocio de Cristo. El Bautismo imprime en el alma un signo espiritual indeleble, el carácter, que consagra al bautizado al culto de la religión cristiana. Por razón del carácter, el Bautismo no puede ser reiterado (cf DS 1609 y 1624). Véase Catecismo de la Iglesia Católica, 1213 – 1244. ↩︎

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Acerca de ICPMP

Íñigo Coello de Portugal Martínez del Peral está casado y tiene cuatro hijos. Se licenció en Derecho (Universidad de Santiago de Compostela, 1981) y en Sagrada Teología (Universidad de Navarra, 1984) y más tarde obtuvo el grado de Doctor en Sagrada Teología (Universidad de Navarra, 1985) y en Derecho (Universidad de Navarra, 1986). En 1989 ganó las oposiciones de Abogado del Estado y de Letrado del Consejo de Estado. Desde 1993 se dedica a la abogacía de negocios. Es Académico correspondiente de Jurisprudencia y Legislación desde 1991. Es Letrado Mayor del Consejo de Estado desde 2009. Ha fundado la red COELLO DE PORTUGAL ABOGADOS. Escribió en el diario económico EXPANSIÓN desde 1991 hasta 2011. Paga, dirige y organiza esta página web.

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